Gustavo Alvares GardeazabalDesde el 1 de febrero, cuando rija el bendito Código de Policía ( sobre el cual no se ha manifestado todavía la muy honorable pero muy lenta y paquidérmica Corte Constitucional),colombiano que no lleve consigo la cédula de ciudadanía será multado con $ 98.000, salvo que usted converse con el policía que le tratará de imponer el parte y lo convence de que desista.

A partir del 1 de febrero, es decir desde el próximo miércoles, si usted olvidó la cédula en el otro pantalón o se le quedó la billetera en la casa y se encuentra con un policía que le pide que le muestre su documento de identidad ,no le muestre el pase, ni la tarjeta de la EPS, ni el carnet de la empresa, aliste $ 98.000 para pagarlos en la oficina de la alcaldía donde van a recoger las multas del Código de Policía, salvo, claro está, que usted converse con el policía  y consiga hacerlo desistir, (por cualquier método amable, verbal o físico) ,de que lo deje ir a la casa a traer el documento o que jure que nunca lo vuelve a hacer.

Aunque en ninguna parte de la Constitución dice que todo ciudadano debe llevar el documento de identidad consigo y, mas bien, se especifica en cuales actos públicos debe exhibirse la cédula ( para votar,para identificarse ante las autoridades al realizar una diligencia, para reclamar un giro etc,  etc),si a usted le va a imponer un parte el policía por no llevar la cédula consigo, averigue primero si al uniformado   ya lo han dotado de datafono o si la registraduría le ha permitido conectarse en línea, a través del smarth,y puede poner el dedo en él para ser identificado.

De lo contrario, aliste 98 mil pesos y vaya a hacer la cola en la alcaldía de su municipio para pagarle al estado la multa por no llevar la bendita cédula.¿ Entendió cómo es el negocio ?

@eljodario

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