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Tribuna de opinión 19 Marzo 2026

En medio de las dificultades que enfrenta el sistema de salud en Colombia, la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas hizo un llamado directo a los candidatos presidenciales para que presenten propuestas claras y viables que permitan estabilizar el sector, actualmente afectado por problemas financieros y operativos.

A través de una carta abierta, el gremio médico —que agrupa a más de 70 especialidades— expresó su intención de abrir un espacio de diálogo enfocado en soluciones técnicas, dejando de lado intereses políticos o ideológicos. La organización busca que el debate sobre el futuro del sistema de salud se centre en medidas concretas que respondan a la crisis actual y garanticen la continuidad en la atención de los pacientes.

El presidente de la asociación, el médico intensivista Agamenón Quintero, aseguró que el país no requiere una reforma estructural profunda, como se ha planteado en distintos escenarios, sino ajustes urgentes que fortalezcan el modelo existente. En ese sentido, destacó la importancia de preservar la articulación entre los sectores público y privado, considerada uno de los pilares del sistema de salud colombiano.

Entre las principales propuestas del gremio se encuentra el fortalecimiento de la gestión del riesgo financiero, así como una mayor vigilancia sobre el uso de los recursos destinados a la salud. También plantean la creación de un estatuto que regule la contratación del talento humano, con el objetivo de enfrentar la precarización laboral que afecta a médicos y demás profesionales del sector.

Además, la asociación insiste en la necesidad de implementar de manera efectiva un modelo de Atención Primaria en Salud, que permita mejorar el acceso y la prevención de enfermedades. A esto se suma la propuesta de crear centros especializados para el manejo de patologías de alto costo, raras y huérfanas, así como el reconocimiento de la autonomía profesional de los médicos, acompañado de mecanismos de autorregulación.

El llamado también incluye la regulación de los procesos de recertificación médica y el fortalecimiento de la formación de nuevos profesionales, como parte de una estrategia integral orientada a mejorar la calidad del servicio y responder a las demandas crecientes del sistema.

Finalmente, desde la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas reiteraron su disposición para escuchar las propuestas de los aspirantes a la Presidencia, con el fin de construir soluciones conjuntas que permitan garantizar la sostenibilidad, eficiencia y calidad del sistema de salud en Colombia.

 

Tribuna de opinión 12 Marzo 2026

El Tribunal Administrativo de Antioquia decretó una medida cautelar de urgencia contra el Decreto 182 de 2026 del Ministerio de Salud. Con ese documento pretendían limitar cuántas EPS pueden operar en un municipio según su número de habitantes.

Esa normatividad contemplaba traslados obligatorios masivos de cerca de 6.000.000 de usuarios entre EPS, de los cuales 2.600.000 serían trasladados a la Nueva EPS.

En su decisión, esa instancia judicial señaló que deben abstenerse de materializar las disposiciones contenidas en el decreto que está relacionado con la operación del aseguramiento con enfoque territorial y poblacional, “hasta que se decida de fondo el asunto mediante sentencia”.

Esa institución consideró que existen indicios suficientes de que la norma podría afectar derechos colectivos relacionados con el acceso al servicio de salud, la libre elección de los usuarios y la libre competencia dentro del sistema de aseguramiento. La decisión fue adoptada mediante una medida cautelar dentro de una acción popular que cuestiona el nuevo modelo de aseguramiento con enfoque territorial y poblacional.

En la providencia se advierte que el decreto reorganiza el aseguramiento en salud bajo criterios poblacionales y territoriales que, en la práctica, podrían reducir la presencia de varias entidades promotoras de salud (EPS) en distintos territorios y concentrar la prestación del servicio en un solo operador. En particular, el tribunal señala que el modelo podría terminar favoreciendo a la Nueva EPS como principal aseguradora en amplias zonas del país.

Según las pruebas presentadas en la demanda, la aplicación del decreto implicaría que en 502 municipios de Colombia la Nueva EPS quedaría como la única entidad autorizada para operar simultáneamente en los regímenes contributivo y subsidiado. Esto ocurriría porque muchos usuarios están afiliados a esa entidad o porque serían trasladados de manera obligatoria tras la revocatoria de autorizaciones de otras EPS en esos territorios.

Para el tribunal, esa situación podría eliminar en la práctica la libertad de elección de los usuarios del sistema de salud, un principio reconocido en la ley colombiana. Antes de la expedición del decreto, en varios de esos municipios existía la presencia de dos, tres o incluso cinco EPS, lo que permitía cierto grado de competencia y decisión por parte de los afiliados.

La providencia advierte que la reorganización podría afectar la estructura competitiva del sistema. Según el análisis judicial, varias aseguradoras perderían autorización para operar en numerosos municipios, lo que reduciría drásticamente su base de afiliados y podría generar tensiones financieras que incluso pondrían en riesgo su viabilidad.

Así mismo, el tribunal manifestó preocupación por la capacidad de la Nueva EPS para asumir un aumento masivo de afiliados. La decisión recuerda que esta entidad se encuentra bajo intervención de la Superintendencia de Salud desde abril de 2024 por problemas financieros y fallas en la prestación del servicio, lo que genera dudas sobre su capacidad real para absorber la población que sería trasladada.

La sentencia también cuestiona la solidez técnica del estudio que sirvió de base para la expedición del decreto. Según la corporación judicial, el documento no explica con claridad los criterios utilizados para establecer umbrales de participación territorial de las EPS ni justifica adecuadamente por qué determinados porcentajes de afiliación serían necesarios para la viabilidad de las entidades en cada nivel territorial.

En ese contexto, concluyó que la reorganización del aseguramiento podría generar efectos estructurales sobre el sistema de salud, al concentrar la operación en un número reducido de entidades y, en algunos casos, en una sola. Esto, según la providencia, podría amenazar derechos colectivos como el acceso eficiente y oportuno a los servicios de salud, la salubridad pública, los derechos de los usuarios y la libre competencia.

Por estas razones, el Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó al Ministerio de Salud y a la Superintendencia abstenerse de aplicar las disposiciones del decreto 182 de 2026 mientras se resuelve de fondo la acción popular. La medida busca evitar un posible perjuicio irremediable para los usuarios del sistema y preservar provisionalmente el objeto del proceso hasta que exista una sentencia definitiva.

¿Lo van cambiar de EPS por el nuevo decreto del Gobierno?
No por ahora. El Tribunal de Antioquia ordenó suspender cualquier traslado masivo derivado del Decreto 182 de 2026. Usted mantiene su afiliación actual hasta que la justicia dicte una sentencia definitiva.

¿Qué es el “enfoque territorial” en salud que propone el Ministerio?
Es un modelo que busca limitar el número de EPS que operan en un municipio según su población. El objetivo del Gobierno es unificar el aseguramiento, pero la justicia considera que esto elimina el derecho a elegir quién presta el servicio.

¿Cómo afecta esta decisión a los habitantes de Antioquia?
Antioquia es la sede de la decisión judicial y uno de los departamentos con mayor diversidad de EPS. El fallo protege la permanencia de estas entidades frente a la intención de centralizar el servicio en la Nueva EPS.

Tribuna de opinión 6 Febrero 2026

En medio de la crisis financiera que vive el sistema de salud, cuyo presupuesto ha crecido por debajo de la demanda de servicios que hay en el país, se siguen conociendo decisiones presupuestales que han tomado las entidades del sector. Esta vez los reflectores están sobre la superintendencia del ramo.

Una denuncia del representante a la Cámara y candidato al Senado Andrés Forero (Centro Democrático) reveló que los contratos por prestación de servicio en esa entidad se han incrementado en los últimos cuatro años.

Según la información publicada por el congresista, los contratos por orden de prestación de servicios subieron en un 719 % entre 2022 y 2026, es decir, en lo que va del Gobierno del presidente Gustavo Petro.

Esto quiere decir que en 2022 llegaron 57 contratistas, a quienes se les pagó $4.473 millones; en 2023 llegaron 135, quienes devengaron sueldos de $3.917 millones; en 2024 llegaron 138, que ganaron $7.031 millones; en 2025 se contrataron 311 y en sus sueldos se fueron $12.876 millones.

El incremento más pronunciado se vio en lo que va de 2026, pues se firmaron 467 contratos bajo esa modalidad, que tuvo un pago de $46.703 millones.

Lo preocupante de esta denuncia es la cantidad de contratistas que llegaron a la Superintendencia de Salud en enero de 2026: es decir, antes de la entrada en vigencia de la Ley de Garantías. Y, así mismo, la diferencia que hay en comparación con los años anteriores.

Entre el 1 y 30 de enero de 2022 esa entidad firmó 46 contratos por prestación de servicios, que sumaron $4.158 millones; en los mismos días de 2023 se firmaron tres, que juntaron $217 millones; en el mismo rango de fechas de 2024 se celebraron 20, que requirieron un pago de $120 millones, y en los mismos días de 2025 hubo 15 contratistas, que reunieron pagos por $1.355 millones.

Sin embargo, entre el 1 y el 30 de enero de 2026 llegaron 467 contratistas a la Supersalud, cuyos salarios acumularon $46.703 millones.

Esto quiere decir que, comparando 2022 y 2026 (años con Ley de Garantías por elecciones), la cantidad de contratos por prestación de servicios se incrementó en un 915 %, mientras que el dinero público que se usó para pagarlos subió en un 1.022 %.

“Lo de Bernardo Camacho (superintendente) y la Supersalud es obsceno. Su prioridad no es la salud, sino contratar ejércitos electorales. Y en medio del derroche mueren pacientes”, aseguró el congresista Andrés Forero.

 

Tribuna de opinion 28 Febrero 2026

Luego de que el Gobierno expidiera un decreto que obliga a transferir millones de usuarios a Nueva EPS, fue radicada ante el Consejo de Estado una solicitud de apertura de incidente de desacato contra el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo.

La acción se conoce en medio de advertencias sobre la capacidad crítica de la entidad, a la que el Gobierno ahora estaría buscando trasladarle de forma obligatoria cerca de 2,6 millones de afiliados en otras EPS.

Según el candidato al Senado por el Centro Democrático, Andrés Forero, la decisión desconocería órdenes del Consejo de Estado. Por ello, anunció que ya solicitó la apertura de un incidente de desacato contra el funcionario y la suspensión del nuevo decreto relacionado con la medida.

En un mensaje que compartió a través de su cuenta en X (antes Twitter), Forero aseguró que ya fue “radicada ante el @consejodeestadola solicitud de apertura de incidente de desacato contra @GA_Jaramillo por reproducir el contenido de un decreto suspendido”.

Además, confirmó que también pidió que se suspendiera de manera provisional el nuevo decreto el 0182. “¡Seguimos defendiendo a los pacientes!”, remató.

Cuestionamientos a decreto del Ministerio de Salud
De acuerdo con la petición, el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, habría desconocido la decisión previa del alto tribunal, al expedir esta nueva normativa que, según el recurso presentado, mantiene disposiciones sustancialmente similares a las del decreto suspendido.

Por su parte, Forero cuestionó duramente al ministro de Salud Jaramillo por esta intención de trasladar afiliados a la Nueva EPS.

Forero afirmó que es “inaceptable lo que está haciendo el ministro”, al señalar que, mientras el país lamenta casos como el de Kevin Acosta —menor que falleció por falta de medicamentos para tratar su hemofilia— y el de doña Cecilia —una adulta mayor que murió en un dispensario mientras esperaba medicinas—, ambos afiliados a la Nueva EPS, el jefe de la cartera de Salud ahora buscaría trasladar de forma forzosa cerca de 2,6 millones de personas desde otras EPS que, a su juicio, presentan mejores indicadores.

Esas entidades serían EPS Sura y EPS Sanitas, que, según el congresista, “están funcionando mejor”. Y advirtió que la Nueva EPS “se está cayendo a pedazos”, mientras permanece intervenida por el Gobierno nacional.

Es por ello que redicó este incidente de desacato ante el Consejo de Estado. Forero aseguró que va a “pedir que suspenda este nuevo decreto” y que “el ministro Jaramillo no puede seguir burlándose del Congreso y de la justicia, y no puede seguir burlándose de los pacientes. Esperemos que nuevamente, como sucedió con el decreto 0858, el Consejo de Estado se ponga del lado de los pacientes y suspenda este experimento”.

 

 

Tribuna de opinión 21 Febrero 2026

Durante las elecciones, en las mesas de votación, hay una figura fundamental para la transparencia: el testigo electoral. Según la Registraduría Nacional del Estado Civil, los testigos son los “veedores naturales del proceso electoral” y ejercen una función pública transitoria en representación de los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscribieron candidatos.

En el engranaje del sistema electoral colombiano, cada actor cumple una función específica. Los jurados administran la mesa, los ciudadanos ejercen su derecho al voto, las autoridades coordinan y supervisan, y los testigos observan. Esa observación, aunque pueda parecer discreta, cumple un papel determinante en la cadena de confianza que sostiene una elección.

La sola presencia de un testigo electoral tiene un efecto preventivo. Al saber que hay personas acreditadas revisando cada procedimiento, se refuerza la obligación de cumplir estrictamente los protocolos establecidos. No se trata de desconfiar del sistema, sino de fortalecerlo a través de controles cruzados. En ese sentido, el testigo actúa como un puente entre las campañas y la institucionalidad. Está allí en representación de una colectividad política, pero opera dentro de un marco legal definido por la autoridad electoral.

Un testigo electoral es una persona designada por un partido o movimiento político para vigilar el proceso de votación y escrutinio en una mesa específica. Su función principal es garantizar transparencia y evitar irregularidades durante la jornada electoral. Estos no reemplazan a los jurados ni hacen parte de la organización electoral: son veedores políticos acreditados.

¿Cuántos testigos habrá en 2026?
En Colombia hay más de 100.000 mesas de votación en elecciones nacionales. Cada partido puede tener un testigo por mesa. Si todos los partidos cubren mesas, puede haber cientos de miles de testigos en todo el país.

“Queremos que las más de 125.000 mesas, todas, estén blindadas con testigos propuestos por las organizaciones políticas”, dice José Antonio Parra, de la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral del CNE.

Proceso de inscripción y requisitos para ser testigo
Cualquiera se puede acercar a un partido y presentarse de manera voluntaria como testigo. Los partidos o campañas deciden a quiénes inscriben ante la Registraduría Nacional del Estado Civil que les expide la acreditación oficial. Sin acreditación, no pueden actuar.

Los testigos electorales se deben acreditar en la Plataforma Única de Postulación y Acreditación de Actores Electorales del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Los testigos reciben un código QR que será verificado antes del ingreso al puesto de votación.

¿Quiénes pueden ser testigos y cuáles son sus derechos?
Sí, siempre y cuando cumplan estas condiciones: ser ciudadanos habilitados para votar, no ser jurados de votación, no tener inhabilidades legales y estar formalmente acreditados por un partido o movimiento.

¿Pueden hacer reclamaciones?
Sí, si detectan inconsistencias (por ejemplo, errores en el conteo o en el formulario), pueden presentar una reclamación formal ante los jurados, dejar constancia escrita, solicitar recuento cuando la ley lo permita.

¿Los testigos electorales reciben pago?
No, no son funcionarios públicos ni empleados del Estado. Son designados por los partidos. Algunas campañas pueden cubrir alimentación o transporte, pero no existe salario oficial.

¿Qué papel han jugado los testigos electorales en otras elecciones?
Han sido protagonistas en varios momentos clave del debate electoral en Colombia.

En las elecciones legislativas de 2022, las denuncias de testigos sobre inconsistencias en formularios E-14 fueron determinantes para que se revisaran miles de mesas durante el escrutinio, lo que modificó la asignación de algunas curules.

En las elecciones presidenciales de 2018 y 2022, testigos de distintos partidos presentaron reclamaciones por posibles errores en el preconteo y en el conteo oficial, lo que alimentó debates públicos sobre la transparencia del sistema.

En elecciones locales, especialmente en municipios pequeños, su presencia ha sido clave para denunciar prácticas como compra de votos o presiones indebidas.

En muchos casos, más que descubrir fraudes masivos, lo que han hecho es detectar errores humanos en el diligenciamiento de actas, algo frecuente en un sistema manual.

Diferencias clave entre Jurado de Votación y Testigo Electoral
El jurado de votación es designado por la Registraduría. Es autoridad electoral temporal, cuenta los votos oficialmente y puede ser sancionado por no asistir.

El testigo electoral es designado por los partidos, es un veedor político, observa y vigila. No tiene obligación.

¿Por qué son importantes los testigos electorales?
Los testigos electorales son los ojos de los partidos en cada mesa. En elecciones recientes han demostrado que pueden ser determinantes en la corrección de errores y en la vigilancia del proceso debido a que el sistema colombiano es manual en el conteo. No reemplazan a las autoridades electorales, pero sí fortalecen el control democrático mediante vigilancia cruzada entre competidores.

¿Me puedo inscribir como testigo? ¿Cómo y hasta cuándo?
Sí, pero no se puede inscribir de manera directa ante la Registraduría. Debe acercarse a un partido político o campaña y ofrecerse como voluntario. El partido es el que lo inscribe oficialmente ante la autoridad. El plazo para inscribir testigos vence el 1 de marzo. Un jurado de votación no puede ser testigo electoral.

Herramientas digitales y transparencia en el escrutinio
Además de la Plataforma Única de Postulación y Acreditación de Actores Electorales del CNE, está habilitada la aplicación Cuentas Claras, que permite el registro oficial y seguimiento de ingresos y gastos de campaña, esto para tener un control real y efectivo a la financiación política. Con esta herramienta se centraliza la información relacionada con la financiación electoral, fortaleciendo los mecanismos de vigilancia sobre el origen y destino de los recursos de campaña. Así, la apuesta digital no solo impacta la acreditación de testigos, sino también el control financiero del proceso electoral. Puede ingresar al siguiente enlace para conocer más sobre el rol de los testigos electorales.

¿Por qué es importante la plataforma del CNE?
1. Postulación más ágil y sencilla: permite registrar y postular actores electorales de forma rápida y sin trámites complejos.

2. Mayor seguridad y confiabilidad: centraliza y valida la información reduciendo errores y fortaleciendo la transparencia.

3. Seguimiento en tiempo real: facilita la consulta del estado de cada postulación.

4. Acreditación digital eficiente: reduce el uso del papel con la incorporación de credenciales con código QR para mayor trazabilidad.

5. Acompañamiento y capacitación: ofrece a poyo y orientación para garantizar un uso adecuado de la plataforma.

¿Un testigo electoral puede tomar fotos a los formularios E-14?
Sí. Una de las funciones principales y herramientas de transparencia es capturar imágenes de los formularios E-14 (actas de escrutinio de mesa) una vez finalizado el conteo y diligenciamiento por parte de los jurados, para cotejarlos con los datos oficiales.

Tribuna de opinión 10 Febrero 2026

Un dato revelador deja al descubierto el “Estudio técnico para el cálculo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) 2026 y sus mecanismos de ajuste de riesgo” del Ministerio de Salud. Ese documento es el que muestra los datos e información que usó esa entidad para calcular esa prima, que es la que reciben las entidades promotoras de salud (EPS) mensualmente para la atención en salud de sus afiliados.

El estudio finalizado en diciembre de 2025 advirtió que para el cálculo de la UPC que regirá todo 2026 no contó con las cifras de la aseguradora más grande del país: la Nueva EPS, que cuenta con 11,5 millones de afiliados, según sus cifras. Esto quiere decir que para calcular esa unidad —que la Corte Constitucional ha dicho que es insuficiente— no se contó con lo que concierne a la aseguradora que concentra el 23 % de la población afiliada al sistema general de salud.

Así quedó consignado en el documento del ministerio en el aparte que menciona cuáles fueron las aseguradoras seleccionadas para el cálculo en el régimen contributivo. Dos fueron excluidas “por criterios asociados a la calidad del dato”.

Una de estas fue la Nueva EPS, sobre la que se expresó que “no fue incorporada al análisis al no reportar la certificación del costo, incumpliendo un requisito esencial de validación financiera y no permite realizar el cálculo del indicador de cobertura para evaluar la calidad del dato reportado”.

Esta realidad que expone el estudio —llevado a cabo por la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud— muestra que, además de no haber tenido a la mano las cifras de las atenciones de la aseguradora más importante del país, esta no conoce, o al menos no hace públicos, lo que le cuesta los servicios que presta a sus usuarios.

Por otro lado, esta falta de transparencia se suma a las críticas que ha recibido el manejo que ha tenido Nueva EPS desde que fue objeto de intervención forzosa administrativa por parte de la Superintendencia de Salud en abril de 2024. Desde entonces, es administrada y manejada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro por medio de agentes interventores.

Y es que sobre esa entidad no hay certezas sobre los números que muestren su realidad económica. Empezando porque desde septiembre de 2023 no han publicado sus estados financieros. Estos son los informes que resumen la situación fiscal de una empresa en un período específico y reflejan una visión detallada de su salud financiera para tomar decisiones.

Desde entonces, el sistema está a ciegas con esa entidad, pero a siete meses de terminar el Gobierno actual, no cambió la situación que llevó a su intervención (marcado por el número de quejas de sus usuarios, entre otros).

Esas cifras muestran que, a corte del 30 de septiembre de 2023, sus resultados integrales (ingresos versus gastos) fueron de $54.127 millones, mientras que sus pasivos (deudas y obligaciones pendientes de pago) fueron de $6,6 billones. Eso es, resumidamente, lo último que se sabe de la salud financiera de esa EPS.

Lo más cercano a eso que ha conocido el país fue por cuenta de un informe de la Contraloría, que advirtió que esa entidad tenía cuentas por pagar —con corte a marzo de 2025— por un valor acumulado de $21,37 billones. Una cifra que pone en evidencia que en menos de un año de intervención las deudas se incrementaron casi cuatro veces.